UTILIZACIÓN DEL VEHÍCULO.- El arrendatario recibe en alquiler el vehículo y accesorios descritos en el anverso, en perfectas condiciones de funcionamiento y se compromete a conservarlos y conducir el vehículo, cumpliendo las normas del Código de Circulación.
Queda expresamente prohibido:
DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO.- El vehículo se devolverá en el lugar y fecha estipulada en el anverso. Cualquier alteración deberá ser previamente autorizada por el Arrendador. El incumplimiento de esta condición faculta al Arrendador a requerir judicialmente la devolución del vehículo.
CARGOS DEL ALQUILER.- El arrendatario acepta pagar, además de los cargos por alquiler del vehículo e impuestos determinados en las tarifas vigentes, los ocasionados por la pérdida de documentos, valorado en 30€, – herramientas y accesorios, así como toda clase de multas y gastos judiciales motivados por infracciones de tráfico o infringimiento de leves reglamentos u ordenanzas por parte del Arrendatario.
La aplicación de la tarifa convenida inicialmente queda supeditada a que la devolución del vehículo se realice en el lugar y fecha previstos.
SEGURO. – El seguro concertado por el Arrendador cubre el Arrendatario y conductores autorizados por la presente contrata la responsabilidad civil (daños a terceros) por cantidad ILIMITADA, fianza y defensa jurídica que pudiera exigirse al conductor en causa criminal.
No se considerarán como terceras personas a los efectos de seguro el cónyuge, ascendientes, descendientes y hermanos del Arrendatario o conductor autorizado, así como sus socios y personas que tengan con los mismos relación de salarios o dependencia. Quedan expresamente excluidos de la garantía de seguro, la pérdida, robo o daños causados a bienes transportados en el vehículo arrendado.
La Responsabilidad del Arrendatario con respecto a los daños causados al vehículo arrendado está cubierta totalmente en los casos de robo e incendio, y limitada en caso de accidente, a la franquicia contratada en caso contrario.
El Arrendatario queda exento de esta responsabilidad mediante el pago de la prima correspondiente, según tarifa, siendo requisito indispensable firmar la aceptación de este cargo en el recuadro que existe para tal fin en el anverso.
No está cubierto por el seguro:
El Arrendatario puede suscribir un seguro contra accidentes corporales, de acuerdo con las condiciones de la póliza suscrita a este efecto, resumidas en folleto aparte. Al aceptar este seguro mediante su firma en el recuadro existente en el anverso, el Arrendatario expresa su conformidad a las condiciones de la póliza y el pago de la prima correspondiente.
ACCIDENTES.- El Arrendatario tomará las siguientes medidas, en caso de accidente sufrido con el vehículo arrendado:
REPARACIONES.- El arrendador se hará cargo de los gastos habidos durante el arrendamiento por engrases, cambios de aceite y pequeñas reparaciones (excepto pinchazos) hasta un máximo de 30 €, – que deberán justificarse con los oportunos recibos o facturas.
Será indispensable obtener la previa autorización del Arrendador para efectuar reparaciones superiores a 30 €, – o remolcar el vehículo.
RESPONSABILIDAD DEL ARRENDADOR.- El Arrendador declara haber tomado las debidas precauciones para evitar fallos mecánicos del vehículo arrendado, pero en caso de producirse estos, no asume ninguna responsabilidad por los perjuicios que directa o indirectamente pudieran causarse al Arrendatario como consecuencia de dichos fallos o averías.
JURISDICCIÓN.- Cualquier discrepancia que surgiera entre el Arrendador y el Arrendatario será sometida al fuero de los Tribunales de La Palma del Condado con renuncia expresa a cualquier otro.
PAGO.- El pago del vehículo reservado se realizará en el momento de la firma del contrato y entrega de llaves, pudiendo realizarse en efectivo o por tarjeta de crédito. Del mismo modo y como garantía de reserva previo pago, se podrá solicitar al cliente tarjeta de crédito y fecha de expiración.